La razón por la que José Luis de la Peña Alonso ha evadido a los medios de comunicación -en buena medida- desde que se impuso la suspensión provisional de las obras del viaducto elevado, en realidad es muy sencilla: sus dichos no tienen respaldo fidedigno alguno con la realidad de la obra.

Me refiero en concreto al contrato plurianual del segundo piso, el cual Agenda Política pudo conocer a través de los promoventes Del Real & Asociados. Este lleva como clave de identificación la EO-9320639953-SOP055-2023, y consta de 23 páginas. En una de ellas se revela por completo las incongruencias del titular de Obras Públicas.

La página 14 deja de manifiesto la cláusula “Décima Séptima. Suspensión Temporal y Terminación Anticipada”. El contrato no puede ser más claro en cuanto a las acciones a seguir en caso, por ejemplo, de la suspensión temporal de la obra, que es en la que nos encontramos en estos momentos.

La cláusula expresa pues: “La fecha de terminación se prorrogará en igual proporción al periodo que comprenda la suspensión en consecuencia, sin modificar el Plazo de Ejecución convenido”. De dónde obtuvo De la Peña Alonso el promedio de 4 millones de pesos diarios de pérdidas para el gobierno, es un verdadero misterio.

No hay como tal una aritmética que nos arroje esa proporción de mermas a las finanzas públicas por día, y lo que es peor aún, el contrato especifica que: “Cuando se determine la suspensión de los trabajos por causas imputables al Gobierno del Estado, este pagará las actividades concluidas, así como los gastos no recuperables”.

A la fecha, la suspensión de los trabajos (que nunca debieron realizarse) acumula 30 días. El par de semanas que los detuvo el magisterio, la manifestación feminista del sábado 8 de marzo, y otro par de semanas más desde que se decretó la suspensión provisional por la jueza Margarita Quiñones Hernández, el 13 de marzo.

Con las cifras que De la Peña inventó de alguna forma, las “pérdidas” para la nueva gobernanza suman los 120 millones de pesos hasta el momento (y contando). Empero, José Luis ofreció información falsa con respecto a lo que se plasmó en el contrato firmado el 24 de enero del 2024.

Si no hay una causa imputable al gobierno, la Secretaría de Obras Públicas está obligado a prorrogar la fecha de terminación de la obra. Y, por el contrario, cuando existan causas imputables a la “administración” de David Monreal Ávila, únicamente deben de pagarse las actividades concluidas y los gastos no recuperables.

En modo incógnito durante la inauguración de las jornadas de limpieza conocidas como “Brigadas de la Paz y el Bienestar”, José Luis desapareció antes de que concluyera el evento precisamente porque cada paso que da en el asunto del viaducto elevado lo acerca más al precipicio.

Como tal, la nueva gobernanza no puede realizar un cálculo de pérdidas monetarias por día, porque el contrato no lo prevé en ninguna de sus cláusulas. En caso dado, se debe realizar la aritmética de las “actividades concluidas”, o sea, la perforación del subsuelo y la modificación de algunas estructuras viales.

En cuanto a los gastos no recuperables, Calzada Construcciones y Construcciones y Dragados del Sureste (ambas conocidas como HYCSA), deberán realizar la contabilidad de la “renta de maquinaria” que se utilizó hasta antes de la suspensión provisional, así como los costos de mano de obra.

Con respecto a la cláusula Vigésima Quinta, la empresa HYCSA también debió presentar la constancia de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social en sentido positivo. Pese a ello, del accidente que sufrió uno de los trabajadores la madrugada del 4 de marzo no ha sido del todo aclarado.

Fuentes oficiales informaron a este espacio que el joven fue trasladado a un hospital privado, debido a que la constructora no había dado de alta a su plantilla laboral en el régimen de seguridad social. Ni Alejandro Calzada Prats, ni la nueva gobernanza fueron exhaustivos públicamente en cuanto a lo que sucedió con la salud del trabajador.

Por ende, con la información de la que disponemos hasta el momento, la Secretaría de Obras Públicas y la empresa constructora han sido omisos en todo en cuanto a la tramitación de permisos y dictámenes en sentido positivo, así como en el cumplimiento del mismo contrato por 3 mil 652 millones de pesos.

No hay sustento real para ofrecer cifras de pérdidas monetarias diarias, más allá de un simple discurso oficial para intentar seguir encubriendo un boquete del mismo tamaño de los que han perforado en el bulevar. Veremos ahora qué tienen que decir en las audiencias incidentales con la jueza Margarita Quiñones.


#Casualidades: A más tardar en la primera quincena del mes de abril el Consejo Universitario de la UAZ deberá de tener lista la convocatoria para el proceso electoral ordinario con el que se renueven sus órganos de gobierno.

Así lo marca el artículo octavo del Reglamento General de Elecciones en su artículo sexto, que también especifica que a más tardar el último día de mayo del mismo año tendrá que haber concluido la elección a través de su calificación.

Hacia el segundo miércoles también de mayo (o sea, el día 14) las autoridades universitarias tendrían que realizar la jornada electoral. No obstante, en el sindicato académico han comenzado a notar algunas inconsistencias.

Tienen que ver con la integración de la Comisión Electoral Universitaria, en la cual 3 de sus 7 integrantes del sector estudiantil actualmente ocupan plazas docentes, y no se han propuesto las suplencias respectivas.

Esto significa que, de entrada, la convocatoria sería impugnada por expresiones al interior del SPAUAZ al no seguirse el artículo 21 del mismo Reglamento que obliga a revisar los impedimentos establecidos para dicha integración.

El problema, de acuerdo con quienes buscarían esta impugnación, es que el Consejo Universitario tenía hasta octubre del 2024 para realizar las modificaciones a la Comisión Electoral. Lo que advierte de los primeros encuentros, después de la huelga, que vienen al interior de la universidad.

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