Zacatecas.- Esta tarde, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupció y el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción dieron a conocer la admisión de solicitud de protección ante instancias federales para iniciar un procedimiento de impugnación en contra de la ratificación de Raúl Brito Berumen como Auditor Superior del Estado de Zacatecas.
A continuación el comunicado:
“Quienes integramos el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción y el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción informamos que, el día de la fecha fue admitida nuestra solicitud de protección de la Justicia Federal en contra de actos cometidos por la actual Legislatura local en el proceso de la nueva elección del titular de la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas.
La solicitud de amparo que hoy nos fue admitida y radicada en el Juzgado Tercero de Distrito del Vigésimo Tercer Circuito del Poder Judicial Federal con el número de expediente 671/2019, se fundamenta en que consideramos que el Pleno de la LXIII Legislatura del Estado de Zacatecas y las diversas comisiones de esta que tuvieron participación en el citado proceso de elección, violaron diversos artículos de la Constitución de la República, de la Constitución Política del Estado de Zacatecas y de las leyes y reglamentos, generales y locales aplicables, entre otros.
Consideramos que, durante el proceso de elección motivo de nuestra demanda, los integrantes del pleno de la Legislatura en funciones y de las comisiones involucradas:
– Incumplieron en diversos momentos con los principios de máxima publicidad y transparencia al que se tenía obligación por mandato constitucional.
– Descalificaron los derechos de ciudadanos que manifestaron su interés por participar de la elección.
– Se conformó de forma incorrecta la terna de la cual se escogió a quien se designó como titular de la citada dependencia (terna constituida por las mismas personas que fueron incluidas en la que sirvió para el proceso análogo de hace 7 años y que consideró, indebidamente, a un postulante con cédula profesional de ingeniero cuando la Ley prevé que quien ocupe el puesto debe ser abogado o contador público).
– En la conformación de la terna se incumplió con la observación de la obligada cuota de género).
– El obligatorio proceso de revisión de expedientes y entrevistas a los candidatos se llevó a cabo de manera que hizo imposible evaluar la idoneidad técnica de los candidatos y su independencia, ante la presencia del que estimamos un evidente conflicto de interés entre quien resultó elegido y el ejecutivo del estado, para, finalmente elegir a la misma persona que había ocupado el mismo cargo durante los casi 7 años previos, más de dos meses antes de que concluyera su encomienda.
Reclamamos, también, que durante todo el proceso se violó el derecho constitucional al acceso a la información pública. Con el interés legítimo que nos asiste, nos manifestamos respetuosos de las determinaciones de la
justicia federal.”