Zacatecas.- El Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Zacatecas, negó la suspensión provisional de amparo indirecto promovida por el empresario restaurantero Cuauhtémoc Calderón Galván, en contra del programa de reducción de movilidad vehicular en las zonas urbanas, conurbadas y metropolitanas.
Conocido popularmente como el programa «Hoy No Circula», el juzgado de distrito aseguró que de conceder la medida cautelar solicitada por Del Real & Asociados, representantes legales del empresario, «se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público«.
Lo anterior en virtud de que se impediría la ejecución de medidas implementadas para mitigar o reducir el contagio del virus COVID-19, el cual la Secretaría de Salud declaró como epidemia, y una enfermedad grave de atención prioritaria.
Es por ello que «en el caso específico no resulta viable conceder la suspensión provisional para exentar al quejoso de someterse a las medidas de salubridad que las autoridades responsables han implementado con el fin de combatir una epidemia grave, como es la derivada del virus SARS-COV-2«.
El Juzgado Primero de Distrito ponderó que en el presente juicio de amparo «el interés social impera sobre el particular«, de ahí que las medidas de reducción a la movilidad vehicular no puedan ser contravenidas, como era la intención del abogado Miguel Dario Del Real Campos.