Zacatecas, Zac.- El diputado Omar Carrera Pérez presentó una iniciativa de reforma con proyecto de decreto para mudar las contralorías municipales a un esquema de órganos internos de control, tal como lo estipulan los sistemas nacional y estatal anticorrución.

De acuerdo con el legislador, en mayo de 2015 entraron en vigor las modificaciones a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, entre otras reformas.

Bajo esta tesitura, en el Estado de Zacatecas, se tomó en cuenta el contenido del Artículo Segundo Transitorio de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, que establece lo relativo a que las Legislaturas de las entidades federativas deberán expedir las leyes y realizar las adecuaciones normativas correspondientes.

Por lo que, la Legislatura del Estado, aprobó el Dictamen correspondiente y posteriormente se emitió la Declaratoria respectiva, previa aprobación de los diversos ayuntamientos.

En su iniciativa, el legislador consideró como un hecho insoslayable que el fenómeno de la corrupción ha instaurado un mecanismo de reprobable conducta social, conducta que posee como objetivos el lucro individual, de grupos o el entorpecimiento de la administración pública, lo anterior sin importar o reflexionar sobre los daños que estos pudieran ocasionar en la hacienda pública, la conducción democrática o el estado de derecho.

Además, aseguró, es necesario especificar que este cáncer se encuentra en todos los niveles administrativos, desde las oficinas y funciones más modestas en los ayuntamientos, hasta los cargos de dirección.

Dentro de la normativa en materia municipal, dijo, se cuenta con las Contralorías, mismas que cumplían funciones de vigilancia de cierta manera limitadas o poco claras, además que no les dotaba de procedimientos legales ni facultades específicas para poder sancionar o iniciar procedimientos para ello.

Otro inconveniente, resaltó, es el relativo al mecanismo para designar a las y los titulares de dichas contralorías serán de extracción de la primera minoría de regidores integrantes del cabildo, como lo dispone el artículo 104 de la Ley Orgánica del Municipio.

Por ello propuso llevar a cabo una serie de impactos a la legislación de carácter municipal, para en primer lugar, adecuar el nombre de Contraloría Municipal al de órgano interno de control, conforme a los sistemas nacional y estatal anticorrupción; y de igual forma reformular el mecanismo para la designación de su titular, y que éste deje de estar supeditado al resultado de la elección.

De igual forma, sugirió incorporar a la Ley Orgánica del Municipio, la recomendación, para que se cree la Comisión Edilicia de Contraloría y Combate a la Corrupción, órgano colegiado el cual tendrá de manera general las atribuciones correspondientes a dar el debido seguimiento y acompañamiento a plan de trabajo del Órgano Interno de Control.

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